miércoles, 22 de mayo de 2019

GARANTIA

Concepto

Puede decirse que los contratos son aquellos que directamente sirven para asegurar al acreedor el pago de su crédito y para que confíen en el deudor quienes contraten con el.

Objeto 

El contrato de garantía son de dos clases: uno es de garantía personal y otros de garantía real. Los contratos de garantía personal, que históricamente aparecieron primero, tienden fundamentalmente a garantizar al acreedor el cumplimiento de la obligación, mediante el establecimiento o la creación de una pluralidad de deudores, de suerte que el riesgo que corre aquel, ya es menor, porque si el deudor principal no puede pagar,queda la posibilidad de ir en contra de los demás deudores.
Referencia de: De contratos civiles, por Ramón Sanchez Meda, Editorial Porrua, pagina 457.


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